El Ministerio de Comunicaciones se reserva el derecho de suspender en forma temporal el uso de las bandas de radioaficionados en el territorio de la República de Colombia, cuando circunstancias especiales así lo requieran o en casos de seguridad nacional.
Decreto 1554 de 1985 →Vigente
Artículo 39
Decreto 1554 de 1985 · Por el cual se reglamenta los servicios de Aficionados y Aficionados por Satélite.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.