Micelio

Artículo 14

Dirección De Control Interno Y Racionalización De Trámites

Decreto 188 de 2004 · por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la Función Pública y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección de Control Interno y Racionalización de Trámites . Son funciones de la Dirección de Control Interno y Racionalización de Trámites, las siguientes

1.

Formular, promover y evaluar las políticas en materia de Control Interno de la Rama Ejecutiva del Poder Público del Orden Nacional, con énfasis en su función preventiva y de apoyo al proceso de toma de decisiones.

2.

Formular y orientar la política de Racionalización de Trámites con base en las directrices que sobre la materia expida el Gobierno Nacional.

3.

Ejercer la Secretaría Técnica del Consejo Asesor del Gobierno Nacional en materia de Control Interno y prestar el apoyo requerido a las actividades del mismo.

4.

Dirigir los estudios sobre técnicas y tendencias modernas que permitan el mejoramiento permanente del Sistema de Control Interno y la racionalización de trámites en las entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional.

5.

Dirigir el diseño y proponer metodologías e instrumentos que fortalezcan y faciliten el desarrollo y evaluación de los sistemas de control interno de los organismos y entidades públicas.

6.

Dirigir el desarrollo de instrumentos tecnológicos y normativos para la implementación de las políticas de racionalización de trámites.

7.

Brindar asesoría y capacitación puntual a las entidades públicas del orden nacional en el diseño e implementación de los sistemas de control interno institucional.

8.

Asesorar a los organismos y entidades en la implementación de la política de racionalización de trámites con el fin de facilitarles la simplificación, reforma o supresión de los mismos.

9.

Orientar el establecimiento de métodos y medios de divulgación y capacitación en materia de control interno, en coordinación con las entidades y organismos competentes en la materia.

10.

Dirigir el análisis y emisión de conceptos sobre la idoneidad y conveniencia técnica de los nombramientos de los Jefes de Control Interno.

11.

Orientar las actividades que el Departamento debe realizar para prestar el apoyo en el desarrollo y certificación del sistema de gestión de calidad, en los términos establecidos en la Ley 872 de 2003.

12.

Coordinar el seguimiento de los avances en el proceso de racionalización de trámites desarrollado en cada uno de los sectores de la Administración Pública, con miras a mantener actualizado al Gobierno Nacional en la implementación de la política antitrámites.

13.

Asesorar y apoyar el desarrollo de las actividades del Comité Interinstitucional de Control Interno.

14.

Formular, promover y evaluar la política en materia de Administración del Riesgo mediante el análisis comparado de los mapas de riesgo y planes de mitigación de la Administración Pública Nacional.

15.

Coordinar la elaboración del informe anual de ejecución de resultados de las políticas de desarrollo administrativo en materias relacionadas con empleo público, organización administrativa, control interno y racionalización de trámites, en coordinación con las demás dependencias del Departamento.

16.

Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 188 de 2004