Micelio

Artículo 10

Ley 150 de 1896 · por la cual se dictan algunas disposiciones sobre Marina de guerra y se fijan los sueldos de sus empleados

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorízase al Gobierno para disponer, en los casos necesarios, la refección del Crucero, las Cañoneras y los Vapores de guerra; para venderlos y conseguir otros más adecuados, si lo creyere conveniente; para proveerlos de artillería y demás elementos de guerra; y para contratar hasta cuatro Oficiales de Marina del exterior, á efecto de que vengan á dar enseñanza en dicho arte durante el término de cuatro años, con las condiciones que el Gobierno tenga á bien señalar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 150 de 1896