Celebración: Los contratos se podrán celebrar, ya sea mediante la firma de un contrato por las dos partes del negocio jurídico o mediante la formulación de una oferta por parte de las SAPAC, a través de cualquier medio idóneo Resoluci�n Firma Digital 2025-01-149411 susceptible de ser reproducido en caso de requerirse por las partes y/o autoridad competente que la solicite. La oferta deberá ser aceptada incondicionalmente por el suscriptor. Las SAPAC deben garantizar y acreditar, cuando fuere del caso, utilizando medios probatorios idóneos para ello, que el potencial suscriptor recibió, entendió y aceptó las características, riesgos y beneficios implícitos en un plan Circular externa de autofinanciamiento comercial. El potencial suscriptor debe ser consciente de los beneficios y riesgos que asume al vincularse a un plan de autofinanciamiento comercial y solo cuando esto ocurra puede suscribir el contrato con la SAPAC.
Artículo 8.23.5
Circular 100-000020 de 2026 · Circular Externa 100-000020 de 2 de julio de 2026
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.