Destinase la suma de un millón de pesos ($1.000.000.00) moneda corriente, para la ejecución de las obras de que trata la presente Ley, la cual será incluida en el Presupuesto de la vigencia próxima, y en caso de que así no ocurra, autorízase al Gobierno Nacional para hacer los traslados que sean necesarios en los próximos Presupuestos Nacionales con el objeto de darle estricto cumplimiento a la presente Ley. Vigente desde: 03/12/1965 y hasta el: 02/03/2021
Ley 52 de 1965 →Derogado
Artículo 3
Derogado
Ley 52 de 1965 · por la cual se decreta la construcción de las obras para la desviación del arroyo de Plato, en el Departamento del Magdalena.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Derogado
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.