Artículo l° A partir del 1° de octubre del presente año, el personal y asignaciones de la Administración Principal de Correos de Medellín, serán los siguientes: Administrador Principal $ 200.00 Oficial 1° de Giros 120.00 Dos Auxiliares segundos de Giros, a $60.00 cada uno 120.00 Oficial 3° de Especies Postales 80.00 Dos Auxiliares segundos de Especies Postales, a $ 60.00 cada uno 120.00 Oficial 1° de Encomiendas y Valores 120.00 Oficial 2° de Encomiendas y Valores 90.00 Oficial 3° de Encomiendas y Valores 80.000 Oficial 2° de Recomendados del Interior y Exterior 90.00 Oficial 3° de Recomendados del Interior 80.00 Auxiliar 1° de Recomendados del Interior 75.00 Auxiliar 2° de Recomendados del Interior 60.00 Auxiliar 3° de Recomendados del Interior 50.00 Auxiliar 1° de Pasaportes 70.00 Auxiliar 2° del Servicio de Identidad 55.00 Dos Auxiliares cuartos de Apartados y Lista, a $ 45.00 cada uno 90.00 Auxiliar 1° de Sacos 65.00 Auxiliar 4° de Sacos 40.00 Oficial 1° de Recibo y Distribución 110.00 Dos Auxiliares primeros de Recibo y Distribución, a $ 70.00 cada uno 140.00 Auxiliar 1° de Recibo y Distribución (Correo Urbano) 70.00 Dos Auxiliares segundos de Recibo y Distribución, a $ 60.00 cada uno 120.00 Cuatro Auxiliares terceros de Recibo y Distribución, a $ 50.00 cada uno 200.00 Cuatro Auxiliares cuartos de Recibo v Distribución, a $ 40.00 cada uno 160.00 Cinco Mensajeros de primera, a $ 90.00 cada uno 450.00 Quince Carteros, a $ 35.00 cada uno 525.00 Total $ 3.380.00
Decreto 1918 de 1943 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1918 de 1943 · Por el cual se hacen unas modificaciones en el personal del ramo de Correos del Ministerio de Correos y Telégrafos, y se hacen unos nombramientos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.