La Comisión de Personal de la Carrera estudiará los antecedentes de cada caso y emitirá concepto sobre la inscripción y sobre la categoría que le corresponde al funcionario, si hubiere lugar a su reclasificación.
En caso de que la inscripción no estuviere ajustada a las disposiciones legales pertinentes, a juicio de la Comisión, el Ministerio elevará la consulta del caso al Consejo de Estado, a cuya decisión se condicionará la inscripción definitiva.