Los sueldos del personal de la Cada Militar al servicio de las Fuerzas Armadas, serán cubiertos con cargo al presupuesto de las respectivas Fuerzas. Los viáticos y pasajes de dicho personal, cuando desempeñen comisiones ordenadas por el Presidente de la República o por el Jefe de la Casa Militar, serán cubiertos con cargo al presupuesto de la Presidencia.
Con cargo al presupuesto de la Presidencia de la República, el personal indicado en este Artículo recibirá, para gastos de representación, primas mensuales, así
El Jefe de la Casa Militar, el 75% de su sueldo básico.
Los Edecanes y Oficiales, el 50% de su sueldo básico.
Los Sub-Oficiales, una prima mensual por valor de noventa pesos ($ 90.00) cada uno.
Los soldados, marineros y agentes de policía, una prima mensual de treinta pesos ($ 30.00) cada uno.