º Los Ordinales B, F Y El Parágrafo Del Artículo 9º Del Decreto 384 De 1980 Quedarán Así: B) Invertir En Títulos Emitidos O Garantizados Por Sociedades Administradoras De Inversión O En Certificados De Inversión De Otros Fondos; F) Obtener Créditos Para La Realización De Las Operaciones Del Fondo Que Administran, Salvo Para Adquirir Valores En El Mercado Primario Con Recursos De Las Líneas Especiales Creadas Por El Banco De La República Con El Objeto De Fomentar La Capitalización Y Democratización De Las Sociedades Anónimas; Parágrafo
Decreto 2515 de 1987 · por el cual se modifica el régimen jurídico de las Sociedades Administradores de Inversión y de los Fondos que estas administran.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º Los ordinales b, f y el
Parágrafo
del artículo 9º del Decreto 384 de 1980 quedarán así: b) Invertir en títulos emitidos o garantizados por sociedades administradoras de inversión o en certificados de inversión de otros fondos; f) Obtener créditos para la realización de las operaciones del fondo que administran, salvo para adquirir valores en el mercado primario con recursos de las líneas especiales creadas por el Banco de la República con el objeto de fomentar la capitalización y democratización de las sociedades anónimas;
Parágrafo
Las inversiones de los fondos que no cumplan con lo dispuesto en el presente artículo deberán ser enajenadas en las condiciones y plazos que para tal efecto fije la Comisión Nacional de Valores.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.