Micelio

Artículo 65

Decreto 14 de 1955 · Por el cual se dictan disposiciones sobre prevención social

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo sesenta y cinco. Cuando el proceso se hubiere iniciado en virtud de informe o denuncia del Servicio de Inteligencia, toda providencia que implique la libertad del sindicado deberá ser comunicada al Jefe Nacional o Seccional de dicho servicio. Si el Ministerio Público apelare de la providencia que concede libertad al sindicado, ésta no podrá hacerse efectiva mientras no se resuelva el recurso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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