Deberes. Son deberes de las empresas transportadoras usuarias de terminales de transporte los siguientes:
Cumplir con las disposiciones establecidas en la ley y en la presente Sección.
Cumplir las normas de tránsito dentro de los terminales.
Dar precisas instrucciones a los conductores, para detener sus vehículos en los puntos de control periférico de los terminales y permitir a las autoridades de transporte y tránsito la revisión del recibo de pago de las tasas de uso.
Pagar oportuna e integralmente las tasas de uso, las cuales serán cobradas por la empresa terminal de transporte a las empresas transportadoras por los despachos efectivamente realizados, en los términos de la presente Sección y de la resolución respectiva.
Suministrar información permanente, veraz y oportuna sobre el servicio, tanto a la empresa terminal como a los usuarios.
(Decreto 2762 de 2001, artículo 15).