Micelio

Artículo 45

El Comando De La Base Solicitará De La Dirección General De Aviación El Retiro De La -Escuela De Cualquier Alumno, Por Una De Las Causas Siguientes: -Incapacidad Psico-Física, Según Concepto De La Sanidad Militar; -Faltas Graves Contra La Moral, La Disciplina Militar, Las Disposiciones Sobre Circulación Aérea Y Todas Aquellas Que, Sin Ser Delitos Vayan Contra El Buen Nombre De La Institución; Embriaguez; -Estar Dentro De Lo Que Prescriben Los Artículos 11 Y 16 Del Presente Reglamento; -Incapacidad De Vuelo, Determinada Por La Junta Calificadora

Decreto 822 de 1939 · Por el cual se reglamentan los estatutos y las condiciones de admisión de los alumnos de la Base-Escuela de aviación Militar Ernesto Samper

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Comando de la Base solicitará de la Dirección General de Aviación el retiro de la -Escuela de cualquier alumno, por una de las causas siguientes: -Incapacidad psico-física, según concepto de la Sanidad Militar; -Faltas graves contra la moral, la disciplina militar, las disposiciones sobre circulación aérea y todas aquellas que, sin ser delitos vayan contra el buen nombre de la institución; Embriaguez; -Estar dentro de lo que prescriben los artículos 11 y 16 del presente Reglamento; -Incapacidad de vuelo, determinada por la Junta Calificadora.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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