El Comando de la Base solicitará de la Dirección General de Aviación el retiro de la -Escuela de cualquier alumno, por una de las causas siguientes: -Incapacidad psico-física, según concepto de la Sanidad Militar; -Faltas graves contra la moral, la disciplina militar, las disposiciones sobre circulación aérea y todas aquellas que, sin ser delitos vayan contra el buen nombre de la institución; Embriaguez; -Estar dentro de lo que prescriben los artículos 11 y 16 del presente Reglamento; -Incapacidad de vuelo, determinada por la Junta Calificadora.
Artículo 45
El Comando De La Base Solicitará De La Dirección General De Aviación El Retiro De La -Escuela De Cualquier Alumno, Por Una De Las Causas Siguientes: -Incapacidad Psico-Física, Según Concepto De La Sanidad Militar; -Faltas Graves Contra La Moral, La Disciplina Militar, Las Disposiciones Sobre Circulación Aérea Y Todas Aquellas Que, Sin Ser Delitos Vayan Contra El Buen Nombre De La Institución; Embriaguez; -Estar Dentro De Lo Que Prescriben Los Artículos 11 Y 16 Del Presente Reglamento; -Incapacidad De Vuelo, Determinada Por La Junta Calificadora
Decreto 822 de 1939 · Por el cual se reglamentan los estatutos y las condiciones de admisión de los alumnos de la Base-Escuela de aviación Militar Ernesto Samper
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.