Micelio

Artículo 30

Atribuciones De La Unidad Administrativa Especial De Atención Y Reparación Integral A Las Víctimas

Decreto 4912 de 2011 · por el cual se organiza el Programa de Prevención y Protección de los derechos a la vida, la libertad, la integridad y la seguridad de personas, grupos y comunidades del Ministerio del Interior y de la Unidad Nacional de Protección.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Atribuciones de la Unidad Administrativa Especial de Atención y Reparación Integral a las Víctimas. Serán sus atribuciones las siguientes: - Brindar información relacionada con la inscripción de la población en situación de desplazamiento en el Registro Único de Víctimas. - Adoptar medidas en el marco de su competencia y articular los servicios estatales dirigidos a grupos vulnerables que contribuyan a la protección de los protegidos del Programa de Prevención y Protección en virtud del riesgo. - Participar en los espacios interinstitucionales en que puedan aportar información para analizar casos y peticiones de protección.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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