Micelio

Artículo 2

La Empresa Colombiana De Petróleos Participará Inicialmente Hasta Con Un Cuarenta Y Nueve Por Ciento (49%) Del Capital Social, Bien Sea En Dinero O Con Acciones O Cuotas De Interés Que Posea Como Accionista En Terpel Antioquia S

Decreto 3111 de 1990 · por el cual se fijan las condiciones y el porcentaje de participación de la Empresa Colombiana de Petróleos –Ecopetrol– en la constitución de la compañía Terpel S. A.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La Empresa Colombiana de Petróleos participará inicialmente hasta con un cuarenta y nueve por ciento (49%) del capital social, bien sea en dinero o con acciones o cuotas de interés que posea como accionista en Terpel Antioquia S. A., Terpel Bucaramanga S. A., Terpel del Centro S. A., Terpel de la Sabana S. A., Terpel del Norte S. A., Terpel del Occidente S. A., Terpel del Sur S. A., y en otras sociedades, dentro de las condiciones que se establecen en el presente Decreto y en los estatutos que adopte la compañía, pero no ejercerá el derecho de preferencia sobre negociación de acciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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