°. Junta de compras. Estarán constituidas por el Ministro de Desarrollo Económico, el Superintendente de Industria y Comercio, el Secretario General, el Jefe de la Oficina Jurídica y el Jefe de la Dirección del Control de Normas y calidades. A las reuniones de dicha Junta asistirán el Auditor General ante el Ministerio de Desarrollo Económico y el Jefe de la Sección de Servicios Administrativos de la Superintendencia de Industria y Comercio, con voz pero sin voto.
Decreto 675 de 1975 →Vigente
Artículo 7
Junta De Compras
Decreto 675 de 1975 · Por el cual se reglamenta la administración y manejo del Fondo Especial de la Superintendencia de Industria y Comercio, creado por el artículo 25 del Decreto-ley 623 de 1974
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.