Micelio

Artículo 30

El Solicitante De Una Visa Temporal Deberá Presentar, Según Las Instrucciones Que Expida El Ministerio De Relaciones Exteriores; A) Pasaporte O Documento De Viaje; B) El Solicitante Deberá Acreditar Que Va A Desarrollar Alguna De Las Actividades Previstas En El Artículo Anterior; C) Certificado De Salud; D Certificado De Antecedentes Judiciales

Decreto 2241 de 1993 · por el cual se dictan disposiciones sobre expedición de visas, control de extranjeros, y se dictan otras disposiciones en materia de inmigración.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 30. El solicitante de una visa temporal deberá presentar, según las instrucciones que expida el Ministerio de Relaciones Exteriores

a)

Pasaporte o documento de viaje;

b)

El solicitante deberá acreditar que va a desarrollar alguna de las actividades previstas en el artículo anterior;

c)

Certificado de salud; d Certificado de antecedentes judiciales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2241 de 1993