Micelio

Artículo 1

Ley 88 de 1876 · Por la cual se establece en las Cámaras lejislativas el servicio taquigráfico

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Todos los discursos que se pronuncien en la sesiones de las Cámaras Iejislativas serán publicados por estenso en el periódico oficial de la Union, o en el que las mismas Cámaras tienen derecho a establecer en virtud de sus respectivos reglamentos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 88 de 1876