ARTICULO 8o. El Gobierno Nacional -Ministerio de Hacienda y Crédito Público efectuará las apropiaciones presupuestales requeridas para pagar al Banco de la República o a la institución financiera seleccionada los gastos derivados del contrato de mandato con representación de los TES Clase B.
Decreto 259 de 1993 →Vigente
Artículo 8
O
Decreto 259 de 1993 · por el cual se ordena la emisión de títulos de deuda pública interna de la Nación, “Títulos de Tesorería -TES- clase B”.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.