Articulo 3° El cadáver del doctor Jiménez López se velará en Cámara ardiente en el Senado de la República; las exequias se efectuarán en la Basílica Primada, y todos los gastos de entierro serán por cuenta del Tesoro Nacional.
Decreto 2284 de 1955 →Vigente
Artículo 3
El Cadáver Del Doctor Jiménez López Se Velará En Cámara Ardiente En El Senado De La República; Las Exequias Se Efectuarán En La Basílica Primada, Y Todos Los Gastos De Entierro Serán Por Cuenta Del Tesoro Nacional
Decreto 2284 de 1955 · por el cual se honra la memoria de un patricio colombiano.
01
El texto del artículo
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02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
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