El odontólogo no debe aceptar como colaboradores a personas que practiquen ilegalmente la profesión. Es su obligación denunciarlas.
De las relaciones del odontólogo con las instituciones.
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
El odontólogo no debe aceptar como colaboradores a personas que practiquen ilegalmente la profesión. Es su obligación denunciarlas.
De las relaciones del odontólogo con las instituciones.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.