Micelio

Artículo 11

Decreto 1153 de 1999 · por el cual se reestructura el Departamento Nacional de Planeación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Dirección de Estudios Económicos. La Dirección de Estudios Económicos ejerce las siguientes funciones

1.

Coordinar los estudios requeridos para la definición de las estrategias y los objetivos macroeconómicos y financieros del Gobierno Nacional.

2.

Preparar análisis y propuestas del Departamento Nacional de Planeación sobre las políticas monetaria, cambiaria, fiscal, de endeudamiento externo y de comercio exterior y estudiar la concordancia entre éstas.

3.

Coordinar la preparación de la programación macroeconómica y adelantar su seguimiento.

4.

Preparar los informes y documentos que el Departamento deba presentar al Presidente de la República, al CONPES o a los jefes de las distintas entidades u organismos, sobre el cumplimiento y perspectivas de las políticas, planes y programas relacionados con sus áreas de competencia.

5.

Estudiar políticas macroeconómicas de largo plazo y aquellas relacionadas con la estructura financiera del Estado (ingresos, gastos y financiamiento).

6.

Coordinar la participación del Departamento en la elaboración del Plan Financiero del Sector público en colaboración con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

7.

Apoyar a las demás dependencias del Departamento, con los supuestos macroeconómicos requeridos para la formulación, seguimiento y evaluación del Plan Nacional de Desarrollo y de los planes, programas y proyectos sectoriales, regionales y urbanos.

8.

Participar en el seguimiento de la deuda pública interna y externa, efectuar proyecciones y estudiar políticas de endeudamiento público externo, consistentes con las metas macroeconómicas.

9.

Analizar el desempeño del mercado financiero y de capitales y su impacto en la economía nacional.

10.

Realizar informes periódicos sobre la coyuntura económica nacional.

11.

Utilizar modelos económicos, econométricos, y de medición económica, de consistencia macroeconómica y de Equilibrio General en el análisis del funcionamiento de la economía y en la elaboración de propuestas de política antes mencionadas.

12.

Apoyar al Consejo Superior de Política Fiscal - CONFIS- en la unificación de los sistemas de información fiscal.

13.

Preparar los planes y programas que, una vez aprobados por el CONPES, permitan evaluar y coordinar las políticas macroeconómicas con otras entidades, especialmente con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Banco de la República.

14.

Realizar estudios microeconómicos, institucionales y de regulación, y

15.

Las demás que se le asignen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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