Micelio

Artículo 2

Los Acuartelamientos Se Harán En La Siguiente Forma: 1°

Decreto 376 de 1921 · Por el cual se fija en un año la duración del servicio obligatorio bajo banderas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Los acuartelamientos se harán en la siguiente forma: 1°. División: el 15 de febrero y 15 de agosto de cada año; 2°. División: el 15 de abril y 15 de octubre de cada año, y 3°. División: el 15 de junio y 15 de diciembre de cada año.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 376 de 1921