Actividades Del Avaluador Contempladas En El Literal I) Del Artículo 4 De La Ley 1673 De 2013
Decreto 1074 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Actividades del avaluador contempladas en el literal i) del artículo 4 de la Ley 1673 de 2013. De conformidad con lo señalado en el literal i) del artículo 4 de la Ley 1673 de 2013, a partir del 1 de febrero del año 2016, se considerarán actividades propias del avaluador la rendición de avalúos respecto de:
1.
Activos operacionales y establecimientos de comercio.
2.
Intangibles.
3.
Intangibles especiales. (Decreto 556 de 2014, artículo 4°)
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.