Reuniones de la Asamblea General . Respecto de las reuniones de la Asamblea General se observarán las siguientes reglas
La Asamblea se reunirá en forma ordinaria antes del 1º de abril en el primer semestre de cada año; y antes del 1º de septiembre en el segundo semestre de cada año;
Cuando no sea convocada dentro de la época indicada, se reunirá por derecho propio de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 422 del Código de Comercio y demás normas legales;
Podrá también reunirse en forma extraordinaria, por convocatoria de la Junta Directiva, del Presidente del Banco o por el Revisor Fiscal, cuando lo exijan las necesidades de la Administración, o por orden de la Superintendencia Bancaria, o cuando lo solicite un número plural de accionistas que represente no menos del cincuenta y uno por ciento (51%) de las acciones suscritas.