Micelio

Artículo 1

Declarar Como Monumento Nacional La Capilla De Nuestra Señora De Chiquinquirá, Localizada En La Ceja, Antioquia Y De Su Colección De Bienes Muebles, De Acuerdo Con El Inventario Realizado Por La Dirección De Extensión Cultural De La Secretaría De Educación Y Cultura De Antioquia Y Registrado En El Centro Nacional De Restauración

Decreto 1908 de 1995 · por el cual se declara como Monumento Nacional, la Capilla de Nuestra Señora de Chiquinquirá, localizada en el Municipio de la Ceja, Antioquia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Declarar como Monumento Nacional la Capilla de Nuestra Señora de Chiquinquirá, localizada en La Ceja, Antioquia y de su colección de bienes muebles, de acuerdo con el inventario realizado por la Dirección de Extensión Cultural de la Secretaría de Educación y Cultura de Antioquia y registrado en el Centro Nacional de Restauración.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1908 de 1995