Micelio

Artículo 7

El Artículo 1° Del Decreto 3300 De 31 De Octubre De 1950 Quedará Así: "artículo 1º Autorízase A Los Gobernadores De Los Departamentos De Norte De Santander Y Del Huila, Para Contratar, Con Una O Varias Entidades Sendos Empréstitos Internos Hasta Por La Cantidad De Un Millón De Pesos ($1

Decreto 1289 de 1951 · Por el cual se autoriza al Gobernador del Departamento de Cundinamarca para contratar un empréstito, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El artículo 1° del Decreto 3300 de 31 de octubre de 1950 quedará así: "Artículo 1º Autorízase a los Gobernadores de los Departamentos de Norte de Santander y del Huila, para contratar, con una o varias entidades sendos empréstitos internos hasta por la cantidad de un millón de pesos ($1.000.000.00) moneda corriente, para cada Departamento".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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