Artículo trece. En el caso de apelación contra resoluciones dictadas por los alcaldes municipales en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos tercero, sexto y séptimo del Decreto 0102 de 1957, el Ministerio de Fomento dispondrá del término de cinco (5) días para resolver.
Decreto 140 de 1957 →Vigente
Artículo 13
Decreto 140 de 1957 · Por el cual se establece el procedimiento sobre aplicación de sanciones por violación de las normas en los precios de los artículos de primera necesidad
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.