Micelio

Artículo 34

En Los Casos De Sesión Secreta, El Secretario, En Libro Separado, Levantará El Acta De Lo Que En Ella Se Hubiere Tratado Y En El Acta De La Reunión Pública No Se Hará Sino Mencionar Que El Congreso Se Constituyó En Sesión Secreta

Decreto 268 de 1975 · Por el cual se aprueba un Acuerdos del XXXIII Congreso Nacional de Cafetero

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En los casos de sesión secreta, el secretario, en libro separado, levantará el acta de lo que en ella se hubiere tratado y en el acta de la reunión pública no se hará sino mencionar que el Congreso se constituyó en sesión secreta.

Parágrafo 1

Ningún delegado ni el Secretario ni ninguno de los funcionarios que asistan a las sesiones secretas podrán revelar las opiniones, conceptos y demás sucesos ocurridos en ella.

Parágrafo 2

A las sesiones secretas solo podrán asistir los delegados debidamente acreditados, los miembros del Comité Nacional, los Gerentes de la Federación y el Secretario del Congreso y los Secretarios o Directores Ejecutivos de los Comités Departamentales. La corporación podrá, en casos especiales, permitir la presencia de otras, personas. CAPITULO IX Actas - proposiciones - resoluciones - acuerdos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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