Art. 5º El Poder Ejecutivo podrá contratar por tramos la limpia y mejora del cauce del río Magdalena entre Yaguas y Barranquilla, comprendiendo el brazo de Mompox, y dar a los contratistas la draga y demás vehículos y útiles de que actualmente disponga la Junta de canalización, siempre que los contratistas se comprometan á devolverlos en el mismo estado de servicio en que los recibieron.
Estos contratos se verificarán en licitación pública, para lo cual se invitará con ciento veinte días de anticipación, por lo menos; se celebrarán ante la Junta Directiva de canalización del río Magdalena, y si fueren aprobados por al Poder Ejecutivo, previo dictamen favorable del consejo de Estado, no necesitarán ulterior aprobación del Congreso. Esta invitación se publicará en Barranquilla, Cartagena y Panamá.