°. Créase la Inspección Fluvial de Caucasia, que estará atendida por un Inspector Fluvial, con sueldo mensual de $ 200.00, que se pagará con cargo a la apropiación del Capítulo 112, artículo 1816 del Presupuesto vigente, y similares de vigencias posteriores.
Decreto 3135 de 1953 →Vigente
Artículo 2
Créase La Inspección Fluvial De Caucasia, Que Estará Atendida Por Un Inspector Fluvial, Con Sueldo Mensual De $ 200
Decreto 3135 de 1953 · Por el cual se suprime una Inspección Fluvial y se crea otra en El Ministerio de Obras Públicas (Navegación y Puertos)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.