Autorízase al Gobierno para que suspenda provisionalmente o definitivamente, parcial o totalmente, la ejecución y los efectos de las disposiciones contenidas en la Ley 8º de 1935, por la cual se modifica el régimen de la moneda fraccionaria. Previo concepto favorable de la junta Directiva del Banco de la República se devolverán a la circulación las monedas de plata de cincuenta, veinte y diez centavos que fueron recogidas por mandato de la Ley 8º de 1935, y se retirarán los billetes de medio peso que estén en el poder del público.
Ley 48 de 1937 →Vigente
Artículo 8
Ley 48 de 1937 · Por la cual se modifican las Leyes 81 de 1931; 8ª, 53 y 78 de 1935, 63 de 1936, y se dictan algunas disposiciones sobre la Caja Colombiana de Ahorros y sobre defensa del café
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.