A los empleados administrativos del Ejército se les darán los auxilios de marcha correspondientes al grado militar al cual se hallen asimilados. En caso de no tener asimilación se les cubrirá un peso por cada legua y el doble en los caminos, de que trata el artículo 106 de este Decreto, aparte de las raciones diarias, computadas según el sueldo que devenguen.
Decreto 153 de 1897 →Vigente
Artículo 112
A Los Empleados Administrativos Del Ejército Se Les Darán Los Auxilios De Marcha Correspondientes Al Grado Militar Al Cual Se Hallen Asimilados
Decreto 153 de 1897 · Orgánico de la Contabilidad militar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.