Micelio

Artículo 12

Ingreso Oficiales De Vigilancia El Curso De Formación Profesional Para Los Aspirantes A Oficiales De Vigilancia, De Que Trata El Artículo 17 Del Decreto 2338 De 1971, Se Efectuará En La Escuela De Cadetes General Santander, Y Tendrá Una Duración Mínima De Dos (2) Años

Decreto 2553 de 1975 · Por el cual se reglamenta el Decreto 2388 de 1971, reorgánico de la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Ingreso Oficiales de Vigilancia El curso de formación profesional para los aspirantes a oficiales de vigilancia, de que trata el artículo 17 del decreto 2338 de 1971, se efectuará en la Escuela de Cadetes General Santander, y tendrá una duración mínima de dos (2) años. La Dirección General de la Policía determinará mediante Resolución, el plan de estudios correspondiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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