Micelio

Artículo 3

El Ministerio De Minas Y Energía - Dirección De Hidrocarburos Calificará La Condición De Campo Descubierto No Desarrollado Con Base En Los Criterios Establecidos En La Definición

Decreto 3176 de 2002 · por medio del cual se reglamentan los parágrafos 3° y 10 del artículo 16 y el artículo 39 de la Ley 756 de julio 23 de 2002.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El Ministerio de Minas y Energía - Dirección de Hidrocarburos calificará la condición de Campo Descubierto No Desarrollado con base en los criterios establecidos en la definición.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3176 de 2002