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Artículo 1

Modificar El Artículo 6° Del Decreto 1808 Del 7 De Noviembre De 2017, El Cual Quedará Así: “ Artículo 6°

Decreto 580 de 2019 · por el cual se modifica el Decreto 1808 de 2017, modificado por el Decreto 1996 de 2017.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modificar el artículo 6° del Decreto 1808 del 7 de noviembre de 2017, el cual quedará así: “ Artículo 6°. Secretaría General. Son funciones de la Secretaría General las siguientes

1.

Asistir al Presidente en la determinación de las políticas, objetivos y estrategias relacionados con la administración de la compañía.

2.

Ejercer la representación legal de la compañía, de acuerdo con lo previsto en los estatutos sociales y demás normativa interna.

3.

Representar a la compañía ante los distintos órganos de control y vigilancia en los asuntos relacionados con la compañía.

4.

Ejercer la secretaría de la Asamblea General de Accionista y de la Junta Directiva de la compañía y llevar el registro de los actos expedidos por la Asamblea General de Accionistas, Junta Directiva y Presidencia de compañía.

5.

Coordinar las relaciones de la administración con los accionistas, los miembros de Junta Directiva, los trabajadores y demás grupos de interés.

6.

Desarrollar e implementar la estrategia de gobierno corporativo para la compañía.

7.

Gestionar los asuntos societarios de la compañía ante las autoridades competentes.

8.

Controlar el registro de los actos administrativos que expida el presidente de la compañía.

9.

Dirigir la ejecución de los programas, planes y proyectos relacionados con los servicios administrativos y de personal y gestión documental.

10.

Elaborar, dirigir y ejecutar el plan de adquisición de bienes y servicios de manera articulada con las Vicepresidencias Financiera, Jurídica y de Desarrollo Corporativo.

11.

Dirigir, coordinar, controlar y evaluar las actividades relacionadas con la adquisición, almacenamiento, custodia, distribución de bienes muebles e inmuebles necesarios para el normal funcionamiento de la compañía, velando por que se cumplan las normas vigentes sobre estas materias.

12.

Definir políticas y estrategias para la gestión y desarrollo del Talento Humano que apalanquen el logro de los objetivos de la Compañía.

13.

Impartir los lineamientos para el cumplimiento de los Estatutos, el Reglamento Interno de Trabajo, la Convención Colectiva de Trabajo, las demás normas internas y lo establecido en la Legislación Laboral.

14.

Definir y controlar las políticas y estrategias de compensación y beneficios de los empleados acorde con las exigencias de la compañía y del mercado.

15.

Proponer modificaciones, controlar y administrar la estructura organizacional y la planta de personal de la compañía buscando la competitividad y optimizando el modelo organizacional.

16.

Asesorar a la presidencia de la compañía en la definición de las políticas, estrategias y programas para la prevención de las faltas disciplinarias.

17.

Coordinar y supervisar la ejecución del control disciplinario interno, así como la divulgación del régimen disciplinario aplicable a los servidores públicos de la compañía.

18.

Realizar las funciones de back de inversiones de la compañía.

19.

Autenticar los documentos que se expidan por parte de los trabajadores de la compañía, cuando así se soliciten.

20.

Participar en el proceso de identificación, medición, control y gestión de riesgos operativos relacionados con los procesos que se desarrollan en la dependencia.

21.

Suscribir los contratos que para los fines propios del área deban celebrarse, conforme a las disposiciones pertinentes y hasta la cuantía debidamente autorizada.

22.

Dirigir y asegurar la elaboración y la ejecución de los proyectos, planes y programas del área, en coordinación con la Vicepresidencia de Desarrollo Corporativo.

23.

Las demás funciones que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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