Cuando el Jefe del organismo considere que es necesario adelantar una investigación, o que debe perfeccionarse la que se haya efectuado, designará un funcionario de igual o superior jerarquía a la del inculpado, para que adelante las diligencias que sean necesarias, señalándole un término hasta por quince (15) días.
Decreto 1950 de 1973 →Vigente
Artículo 155
Cuando El Jefe Del Organismo Considere Que Es Necesario Adelantar Una Investigación, O Que Debe Perfeccionarse La Que Se Haya Efectuado, Designará Un Funcionario De Igual O Superior Jerarquía A La Del Inculpado, Para Que Adelante Las Diligencias Que Sean Necesarias, Señalándole Un Término Hasta Por Quince (15) Días
Decreto 1950 de 1973 · por el cual se reglamentan los Decretos-leyes 2400 y 3074 de 1968 y otras normas sobre administración del personal civil.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.