º. Desde la presentación de la solicitud de permiso hasta un mes después del cumplimiento de las formalidades anteriores, puede oponerse a que se conceda el permiso de que trata este Decreto todo el que tenga algún interés en hacerlo, bien porque pretenda ser dueño de los minerales solicitados, o porque el terreno donde esté situada la mina forme parte de una reserva forestal, o porque la zona que se solicita interfiera con el área de una concesión o de un permiso anteriormente otorgado, o porque dicho terreno, a juicio del Ministerio de Minas y Petróleos, esté destinado a la agricultura o a la ceba de ganado con mejor sentido económico. La oposición se formulará por escrito dirigido al Ministerio de Minas y Petróleos, que se presentará en la Secretaría General de éste o ante el Gobernador, Intendente o Comisario Especial respectivo o ante el Alcalde del Municipio de ubicación de la zona solicitada, con la prueba, aunque no sea plena, de su derecho o de la circunstancia invocada como fundamento de la oposición. Los Gobernadores, Intendentes, Comisarios Especiales y Alcaldes que reciban un escrito de oposición a la solicitud de permiso a que se refiere este Decreto, deberán enviar tal escrito y los documentos acompañados al Ministerio de Minas y Petróleos, dentro de los ocho (8) días siguientes a la presentación de tales documentos.
Artículo 8
Desde La Presentación De La Solicitud De Permiso Hasta Un Mes Después Del Cumplimiento De Las Formalidades Anteriores, Puede Oponerse A Que Se Conceda El Permiso De Que Trata Este Decreto Todo El Que Tenga Algún Interés En Hacerlo, Bien Porque Pretenda Ser Dueño De Los Minerales Solicitados, O Porque El Terreno Donde Esté Situada La Mina Forme Parte De Una Reserva Forestal, O Porque La Zona Que Se Solicita Interfiera Con El Área De Una Concesión O De Un Permiso Anteriormente Otorgado, O Porque Dicho Terreno, A Juicio Del Ministerio De Minas Y Petróleos, Esté Destinado A La Agricultura O A La Ceba De Ganado Con Mejor Sentido Económico
Decreto 2514 de 1952 · por el cual se dictan unas disposiciones sobre explotación de metales no preciosos y sustancias minerales no metálicas de la reserva nacional.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.