Bandas designadas para operación en segunda categoría o de novicio . Las licencias de Segunda categoría o de Novicio autorizan a su titular a realizar transmisiones y operar estaciones radioeléctricas de radioaficionado en las siguientes frecuencias y bandas de frecuencias atribuidas al servicio, y en las siguientes modalidades de transmisión y tipos de emisión, de conformidad con el Plan Nacional de Frecuencias, en las condiciones técnicas de potencia establecidas por el presente decreto, así: BANDA TIPOS DE EMISION 1800 a 2000 KHz A1 A, A2A, PoA y X3E; A3E, R3E, J3E y F3E 3500 a 3750 KHz A1 A, A2A, PoA y X3E 3525 a 3750 KHz A3E, R3E, J3E y F3E 7000 a 7300 KHz A1 A, A2A, PoA y X3E 7040 a 7300 KHz A3E, R3E, J3E y F3E 21000 a 21450 KHz A1 A, A2A, PoA y X3E 28 a 29,5 MHz, A1 A, A2A, PoA y X3E 28,3 a 29,5 MHz A3E, R3E, J3E y F3E 50 a 54 MHz A1 A, A2A, PoA y X3E 144 a 148 MHz A1 A, A2A, PoA y X3E; A3E, R3E, J3E y F3E 430 a 440 MHz A1 A, A2A, PoA y X3E CAPITULO VIII Disposiciones técnicas
Decreto 963 de 2009 →Vigente
Artículo 34
Bandas Designadas Para Operación En Segunda Categoría O De Novicio
Decreto 963 de 2009 · por el cual se reglamenta el Servicio de Radioaficionado.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.