A partir del año de 1978 se deberán realizar en el país con carácter obligatorio, cada año, los Festivales Escolares y Campeonatos Intercolegiados, que forman parte de la política educativadeportiva del país, de acuerdo a las normas establecidas en el presente Decreto y las que en desarrollo de éstas dicte el Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte.
Parágrafo. Tanto los Festivales Escolares como los Campeonatos Intercolegiados se desarrollarán de tal forma que no interfieran el cumplimiento de plan de estudios.