Micelio

Artículo 3

º

Decreto 2109 de 1983 · por el cual se asigna la ejecución del Programa de Dotación de Tierras para los Beneficiarios de la Amnistía al INCORA.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Los propietarios de predios situados en regiones donde se inicien programas de dotación de tierras, en desarrollo del artículo 8º de la Ley 35 de 1982, pero que estuvieren afectadas por el INCORA con anterioridad a la expedición de dicha ley, podrán acogerse al régimen previsto en el presente Decreto, si los interesados lo solicitan por escrito dentro de los seis (6) meses siguientes al de la fecha de iniciación del programa de dotación en la respectiva región. Si la venta del inmueble no se perfecciona por hechos ajenos al Instituto, se continuará el trámite de Ia adquisición que este había iniciado de acuerdo con la Ley de Reforma Agraria

Parágrafo

Se exceptúan de lo dispuesto en el presente artículo, la adquisición de predios sobre los cuales se hubiere expedido por el Gerente del Instituto Resolución de Expropiación,

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2109 de 1983