Micelio

Artículo 3

Reelección

Decreto 748 de 1990 · por el cual se reglamenta la Ley 07 de 1990, relacionada con los Fondos Ganaderos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Reelección. Los miembros de las Juntas Directivas de los Fondos Ganaderos, representantes de las acciones de la Clase B, el Gerente, el Revisor Fiscal y sus suplentes, podrán ser reelegidos libremente o removidos por el órgano social competente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 748 de 1990