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Artículo 5998

De Presupuesto Vigente "auxilios Dispuestos Por Leyes Preexistentes, Según Distribución Que Se Hará Por Leyes O Decretos Posteriores", Hácese La Siguiente Distribución: Ordinal 2)

Decreto 2847 de 1960 · Por el cual se distribuye una partida

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. De la partida apropiada en el Capítulo 583, artículo 5998 de Presupuesto vigente "auxilios dispuestos por leyes preexistentes, según distribución que se hará por leyes o decretos posteriores", hácese la siguiente distribución: Ordinal 2). Para la pavimentación de las calles, plazas, y parques de la ciudad de Cúcuta (Ley 30 de 1946) $ 75.000.00 Ordinal 3) Para alcantarillado y pavimentación de las calles y plazas de Neiva (Leyes 135 de 1936 y 71 de 1938) 70.000.00 Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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