Micelio

Artículo 8

Decreto 1318 de 1982 · Por el cual se establecen unas exenciones a los derechos de Aduana, de conformidad con la Ley 6° de 1971, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Pueden acogerse a lo dispuesto en este Decreto los nacionales colombianos que tengan título profesional universitario o de tecnólogo especializado en un área prioritaria para el desarrollo técnico del país. Las personas a que se refiere este Decreto deberá poseer experiencia y conocimiento muy destacados en una ciencia o técnica, y cumplir una de las siguientes condiciones

a)

Haber obtenido en el exterior título de postgrado, con base en una escolaridad no menor de dos (2) años;

b)

Haber ejercido en el exterior la profesión durante un período no menor a dos (2) años, sin vínculo laboral con el Estado Colombiano o personas colombianas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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