Artículo único. Apruébase el Decreto número 27 de 13 de junio de 1951, dictado por el Superintendente Bancario, y cuyo texto es el siguiente: DECRETO NUMERO 27 DE 1951 (JUNIO 13) por el cual se suprimen unos cargos y se crean otros. El Superintendente Bancario, en ejercicio de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: 1° Que existen en el Departamento Jurídico de la Superintendencia Bancaria, cuatro cargos de Agentes Especiales Abogados Auxiliares de dicho Departamento, con una asignación mensual de $ 850.00 moneda corriente cada uno, (Decreto número 6 de 31 de marzo de 1951 de la Superintendencia Bancaria, aprobado por el número 0760 de 6 de abril de 1951, de la Presidencia de la República); 2° Que en la actualidad tres de estos cargos están vacantes; 3° Que conviene a la buena marcha de la Superintendencia Bancaria y al mejoramiento de sus servicios la supresión de dichos cargos, creando solamente dos con una asignación de $ 1.100.00 moneda corriente cada uno y, además, uno de Ayudante de la Secretaría General con una, asignación mensual de $ 500.00 moneda corriente. 4° Que las modificaciones de que trata el considerando anterior dejan un remanente en el presupuesto de la Superintendencia, de setecientos pesos ($ 70.000) mensuales. DECRETA:
Decreto 1429 de 1951 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1429 de 1951 · Por el cual se aprueba el Decreto número 27 de 13 de junio de 1951, de la Superintendencia Bancaria
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.