Micelio

Artículo 1

Ley 28 de 1959 · Por la cual se aprueba la Convención para la prevención y la sanción del delito de genocidio

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTÍCULO ÚNICO. Apruébese la preinserta "Convención para la prevención y la sanción del delito de genocidio", adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, según Resolución 260 (III) del 9 de diciembre de 1948, y firmada por el Ministro de Relaciones Exteriores de Colombia el 12 de agosto de 1949.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 28 de 1959