Articulo 9º . Requisitos . Los requisitos mínimos necesarios para el otorgamiento de las condecoraciones del sector solidarios son
Para servidores públicos
Que durante los últimos tres (3) años no hayan sido objeto de sanciones disciplinarias distintas a las previstas en el literal siguiente;
Que no posean antecedentes disciplinarios por faltas graves o gravísimas;
Que no posean antecedentes penales salvo por delitos políticos o culposos;
Que se hayan distinguido por su espíritu de investigación, servicio o virtud respecto del sector solidario;
Que posean un gran sentido de compromiso institucional y solidario;
Que en los últimos tres (3) años no hayan sido condecorados con las condecoraciones de que trata este decreto.
Que tengan la jerarquía o dignidad correspondiente.
Para otras personas
Que hayan prestado servicios o tengan méritos eminentes respecto del sector dolidado;
Que reúnan condiciones morales, profesionales y personales ejemplares;
Que no posean antecedentes disciplinarios por faltas graves o gravísimas;
Que no posean antecedentes penales salvo por delitos políticos o culposos;
Que en los últimos tres (3) años no hayan sido condecorados con las condecoraciones de que trata este decreto;
Que tengan la jerarquía o dignidad correspondiente.