Micelio

Artículo 2.40.1.1.6

Perfil Del Producto

Decreto 2555 de 2010 · por el cual se recogen y reexpiden las normas en materia del sector financiero, asegurador y del mercado de valores y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Perfil del producto. El perfil del producto es el resultado del análisis profesional de su complejidad, estructura, activos subyacentes, rentabilidad, riesgo, liquidez, volatilidad, costos, estructura de remuneración, calidad de la información disponible, prelación de pago y demás aspectos que se deben considerar para determinar las necesidades de inversión que satisface y los potenciales inversionistas que podrían ser destinatarios del mismo. Las entidades deberán revisar de forma periódica el perfil de los productos y en todo caso deberán proceder a su actualización cuando se produzcan cambios materiales en los principales elementos que se utilizan para el análisis de los mismos. Las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia deberán contar con políticas y procedimientos para la elaboración y actualización del perfil del producto. La Superintendencia Financiera de Colombia podrá determinar los aspectos y elementos adicionales que se deben considerar para la elaboración del perfil del producto.

Parágrafo 1

La clasificación del producto, como simple o complejo según lo previsto en el artículo 2.40.2.1.2 del presente decreto, sirve de base para que la entidad mediante la utilización de los otros criterios mencionados en este artículo defina el perfil del producto y el del inversionista objetivo del mismo.

Parágrafo 2

Dentro del perfilamiento de fondos de inversión colectiva, podrá determinarse la existencia de fondos que habiendo sido clasificados como productos simples según lo previsto en el artículo 2.40.2.1.2. del presente decreto, estén dirigidos a cualquier tipo de inversionista sin ninguna característica o exigencia particular. En este caso, estos productos se deberán identificar como “productos universales” y no requerirán la realización de un perfilamiento de sus clientes en los términos del artículo 2.40.1.1.5.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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