º El sueldo básico mensual para el personal de Agentes de los Cuerpos Profesional y Profesional Especial de la Policía Nacional, será de trece mil novecientos pesos ($ 13 900). Los Agentes de la Policía Nacional que por sus méritos profesionales sean distinguidos como Dragoneantes, recibirán mientras obstenten esta distinción una bonificación mensual de cuatrocientos pesos ($ 400.00), la cual no se computará para la liquidación de primas, cesantías, sueldos de retiro, pensiones, indemnizaciones y demás prestaciones sociales. Los alumnos de las escuelas de formación de Suboficiales y de Agentes, y el personal del Cuerpo Auxiliar de la Policía Nacional devengarán una bonificación mensual, así
Alumnos de las escuelas de formación de Agentes del Cuerpo Profesional y del Cuerpo Profesional Especial, $ 3.450
Personal del Cuerpo Auxiliar durante su permanencia en las escuelas de formación de Agentes como alumnos, $3.450. e) Personal del Cuerpo Auxiliar, $ 4.000. d) Alumnos de la escuela de formación de Suboficiales de la Policía Nacional, por incorporación directa, $ 3.450. El personal de que trata el presente artículo tendrá derecho al pago de una bonificación hasta de cien pesos ($ 100.00) para gastos de seguro de vida.