Micelio

Artículo 12

Decreto 3451 de 1983 · Por el cual se crea la Corporación Autónoma Regional del Putumayo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Corporación tendrá derecho a: El diez por ciento (10%) de las sumas que le correspondan a la Nación por concepto de regalías, cánones o beneficios provenientes de la explotación de recursos naturales no renovables que se adelanten en el área de jurisdicción; El quince por ciento (15%) de las sumas que le correspondan a la Intendencia y los municipios por concepto de regalías, cánones o beneficios provenientes de la explotación de recursos naturales no renovables en el área de jurisdicción.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3451 de 1983