Micelio

Artículo 45

Serán Registrables Los Nuevos Dibujos Y

Decreto 1190 de 1978 · Por el cual se incorpora a la legislación nacional la Decisión 85 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Serán registrables los nuevos dibujos y. modelos industriales. Se considerará como dibujo toda reunión de líneas o combinación de colores que se incorporen a un producto industrial o de-artesanía para darle una apariencia especial, sin que cambie el destino de dicho producto; y como modelo toda forma plástica que sirva de tipo para fabricar productos industriales o de artesanía que le den apariencia especial y no impliquen efectos técnicos. No serán registrables los dibujos o modelos referentes a indumentaria. Quedan excluidos de protección los dibujos o modelos que sean contrarios a las buenas costumbres o. al orden: público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1190 de 1978